Dentro de la estructura de los tratados internacionales que conforman esos Derechos Humanos (que arranca formalmente con la declaración universal de 1948), en 1966 se aprobaron dos pactos internacionales, uno de ellos el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. (ver BOE de 1977 en que se adopta como legislación Española).
En el artículo 15 de dicho pacto se puede leer :
(Apartado 1) "Los Estados .. reconocen el derecho de toda persona a gozar de los beneficios del progreso científico.."
(Apartado 2) ".. Los Estados .. deberán .. asegurar .. la difusión de la ciencia y de la cultura"
Es muy lógico que en una sociedad cada vez más basada en la ciencia y la tecnología, el disfrute de esos avances sea cosa de todos. También lo es que para tomar decisiones democráticas en esa sociedad, la ciudadanía necesite un razonable entendimiento de las cuestiones sobre las que habrá de decidir. Pero que esa lógica se vea plasmada en textos legales internacionales es fantástico. Son esos pequeños descubrimientos que te devuelven la confianza en la humanidad (al menos la humanidad de alma ensanchada por la reciente brutalidad bélica vivida en carne propia). A ver si con las guerras lejanas (en el tiempo y/o en el espacio) podemos mantener ese espíritu y continuar con el desarrollo de los Derechos Humanos.
Y esto lo descubrí en la charla de la genial Natalia Ruiz Zelmanovitch (VER AQUI) en Naukas16
En 2013 publicaba +Javier Salas en Materia "El acceso a la ciencia y sus beneficios, un derecho humano olvidado". A ver si entre todos lo ponemos de moda ;-)
No hay comentarios:
Publicar un comentario